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Circulares y notas informativas


OFICINAS JUDICIALES: Implantación 1ª fase

Publicación: 30 Junio 2025

De conformidad con lo acordado por el Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, D. Domingo Bujalance Tejero, para su conocimiento y efectos procedentes, se les comunica que la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia contempla que la implantación de las Oficinas Judiciales, en el marco del nuevo modelo organizativo, se llevará a cabo de manera simultánea y en las mismas fechas que las previstas para la constitución de los tribunales de instancia en la disposición transitoria primera de la citada Ley Orgánica.

En su virtud, en relación con la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 1 de julio de 2025 se constituyen los Tribunales de Instancia y su equivalente Oficina Judicial en los siguientes partidos judiciales incluidos en la primera fase de implantación del nuevo modelo organizativo:

  • PROVINCIA DE CACERES. - VALENCIA DE ALCANTARA, TRUJILLO, NAVALMORAL DE LA MATA, CORIA y LOGROSAN.
  • PROVINCIA DE BADAJOZ. - HERRERA DEL DUQUE, VILLANUEVA DE LA SERENA, CASTUERA, OLIVENZA, JEREZ DE LOS CABALLEROS, FREGENAL DE LA SIERRA, MONTIJO, ALMENDRALEJO, ZAFRA, LLERENA y VILLAFRANCA DE LOS BARROS.

El Tribunal de Instancia asumirá las competencias de los juzgados unipersonales, lo que implica el conocimiento de los asuntos del orden jurisdiccional civil y penal, que hasta ahora se tramitaban en los juzgados de primera instancia e instrucción.

Cada Tribunal de Instancia contará con una Oficina Judicial, que le prestará todos los servicios y le ofrecerá un soporte integral, sin distinciones, a las plazas judiciales que lo componen. La Oficina Judicial asumirá todos los servicios que hasta ahora prestaban las secretarías de los juzgados.

Para ello, la respectiva oficina judicial contará con un Servicio Común de Tramitación, a cuyo frente se encontrará un Letrado o Letrada de la Administración de Justicia, que ocupará el puesto de Director o Directora del servicio, de quien dependerán funcionalmente los demás Letrados o Letradas, y el personal de la Administración de Justicia destinados en el mismo; debiendo aquel garantizar la unidad de actuación y uniformidad de criterios.

SECRETARÍA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA

Sede principal - Badajoz
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